Movimiento Ciudadano apoya la paridad de género en elección.

Movimiento Ciudadano Nuevo León se sumó a las voces en contra del resolutivo del Tribunal Estatal Electoral para modificar el reglamento de registro de candidatos en materia de equidad de género.

La Coordinadora Operativa Estatal, Pilar Lozano, firmó junto a un grupo de 13 ciudadanos integrantes de la Comisión Ciudadana de Inteligencia Electoral un recurso de juicio interpuesto ante el Tribunal Federal Electoral para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en el que se evocan los principios de igualdad, paridad y no discriminación.

"Estamos convencidos que la paridad es uno de los principios fundamentales que debemos procurar en el proceso electoral, es por ello que Movimiento Ciudadano Nuevo León apoya y aplaude el recurso interpuesto por ciudadanos libres, para la defensa de los derechos electorales de las mujeres", expresó Pilar Lozano.

El recurso presentado por la presidenta del Instituto Estatal de las Mujeres, María Elena Chapa, responde al resolutivo del Tribunal Estatal Electoral, que desestimó el reglamento para el registro de candidatos a Ayuntamientos planteado por el órgano electoral local, aduciendo que no existe argumentación para obligar la inscripción de fórmulas tomando en cuenta la paridad de género.

Una planilla para Ayuntamiento se integra con el candidato o candidata ganador del proceso electoral y una representación proporcional de los partidos, tomando en cuenta las primeras posiciones de las planillas del candidato perdedor.

Bajo el argumento de que la ley ampara a los partidos políticos -principio de autodeterminación- para la elaboración de las planillas, el Tribunal desechó la propuesta de la Comisión Estatal Electoral para solicitar que los primeros puestos en las planillas fueran conformados bajo el principio de equidad de género, para garantizar paridad en la integración de los Cabildos.

"La ilegal resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, en la que causa un agravio directo al desconocer la paridad de género evitando así que las planillas se integren de manera alternada entre hombres y mujeres, lo que inhibe la eficacia de la medida afirmativa constitucional y jurisprudencialmente dispuesta de prelación en favor de la mujer", menciona el documento.

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