En conferencia de prensa el Diputado Ciudadano, Mario Castellanos, junto con la Presidenta del Congreso Ciudadano, Margarita Sierra, presentó una Iniciativa de Reforma Integral para dar certeza del Presupuesto Participativo.
Y es que, para el ejercicio del Presupuesto Participativo, se le otorgó un voto de confianza al titular del Ejecutivo, aprobando en el presupuesto de egresos del presente año 400 millones de pesos para la aplicación de este instrumento de participación social y resulta alarmante la poca información que se ha dado a conocer sobre la aplicación de la Partida para el ejercicio de este mecanismo, afirmó el Diputado Ciudadano.
“La selección de los municipios y Regiones en las que va aplicarse el recurso ha sido totalmente discrecional, no se han difundido ante la sociedad los criterios de selección para priorizar a cuales beneficiar. Lo poco que se conoce de manera “oficial” este año el presupuesto participativo tendrá una aplicación en 43 municipios, no obstante ello, solo en el municipio de Tonalá se destinarán más de 80 millones de pesos de dicho presupuesto”.
Además de los 80 millones del Presupuesto Participativo, una partida adicional de 1.5 millones que en declaración del Secretario de Desarrollo e Integración Social, saldrán del presupuesto de la dependencia, para la realización de obras y adquisición de bienes supuestamente priorizados por el voto de la gente en este primer ejercicio estatal de aplicación del presupuesto participativo.
“Estamos totalmente en contra de la aplicación discrecional de un noble instrumento de participación social. Reprobamos el hecho de que el Presupuesto Participativo se esté utilizando para que funcionarios en particular, realice acciones que parecen más de promoción política electoral hacia su persona y hacia su agrupación política, que de beneficio de la sociedad”. Afirmó Mario Castellanos.
El Legislador anunció que será en la próxima sesión del Pleno que presentará la Iniciativa Integral que reforma 4 ordenamientos jurídicos a fin de crear un sistema que permita regular este instrumento de Participación Social esbozado en el Código Electoral y de Participación Social.
Artículo 39 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público, a fin de que la partida que ya se encuentra etiquetada se presupueste y ejerza bajo las normas que se establecen en la Ley de referencia a fin de garantizar su adecuada planeación, programación, presupuestación, ejercicio y evaluación.
Artículo 60 de la Ley de Fiscalización Superior y Auditoria Pública, se establece que la Auditoria Superior en la revisión de la cuenta pública revise el ejercicio del Presupuesto Participativo haciendo énfasis en que este debe agotarse en los términos de los resultados de la consulta
Artículo 61 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, precisa que todo servidor público que en ejercicio de sus funciones se encuentre involucrado en el Presupuesto Participativo tiene obligación de agotar el presupuesto en lo determinado por la consulta pública y abstenerse de promover su imagen utilizando este mecanismo.
Artículo 17 Bis de la Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco a fin de establecer que en la planeación y ejecución del Presupuesto Participativo el o los entes públicos deberán:
- Acatar la decisión que la ciudadanía tomé respecto del destino de los recursos
- Apegarse a los procesos de Planeación, Programación, Presupuestación, Ejecución y Evaluación de ejercicio del gasto público
- Precisar que en todo el proceso que involucre el presupuesto participativo deberá de regirse por los principios de transparencia y máxima publicidad
- Ser acordes al Plan Estatal de Desarrollo
- Priorizar la realización de obras en zonas marginadas que reciban menos inversión pública.