La Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió a favor de Movimiento Ciudadano y deja sin efecto amonestaciones sobre propaganda

Guadalajara, Jalisco
13 de marzo de 2015

  

La Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió a favor de Movimiento Ciudadano y deja sin efecto amonestaciones sobre propaganda 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió a favor de Movimiento Ciudadano y dejó sin efecto las amonestaciones que señalaban que la propaganda política debía limitarse a una zona geográfica específica, en un caso, dentro de la zona de Guadalajara y en el otro, sólo dentro de Zapopan. 

La noche del miércoles 11 de marzo,  la Sala Superior resolvió los recursos legales que en Movimiento Ciudadano presentamos en contra de la resolución que limitaba el ámbito geográfico de la propaganda política y sancionaba a este instituto político y algunos de nuestros precandidatos.

Las amonestaciones en contra de Movimiento Ciudadano, del candidato a la Presidencia Municipal de Guadalajara, Enrique Alfaro Ramírez y del entonces precandidato a la Presidencia Municipal de Zapopan, Esteban Estrada Ramírez, quedaron sin efecto. 

La resolución concluye que es razonable que los partidos políticos puedan promover a los precandidatos para presidir los órganos de gobierno de todos los municipios que la conforman, de forma indistinta, en los diversos territorios de la Zona Metropolitana de Guadalajara (Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, El Salto, Juanacatlán e Ixtlahuacán de los Membrillos).

La denuncia en contra de Movimiento Ciudadano, presentada el 6 de enero pasado ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), argumentaba que se habría colocado propaganda de forma ilegal, al no respetar los límites geográficos. Ante ello, es importante señalar que la resolución concluye con estos efectos:

1.-El Tribunal revocó las sentencias que establecían una limitación inexistente y, en consecuencia, una sanción para Movimiento Ciudadano, Enrique Alfaro y Esteban Estrada.

2.-Dejó sin efectos las sanciones impuestas.

3.-Confirmó las resoluciones originales (del Tribunal local) que establecían la inexistencia de conductas ilegales.

La resolución cobra relevancia porque se logró que la Sala Superior abordara el tema desde una visión metropolitana. Y al respecto, estableció que si los actores políticos debían plantear propuestas para atender la problemática de una zona determinada, era natural que fuera en las zonas metropolitanas (en las que la delimitación política administrativa ha perdido relevancia) y esas propuestas deben hacerse con una visión igualmente metropolitana. 

Resolución a favor de Movimiento Ciudadano by Movimiento Ciudadano Jalisco

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