Salvador Rizo aprovechó su posición en la SEDIS para hacer promoción de su nombre
Identificamos una irregularidad grave y que constituye un delito electoral por parte de Salvador Rizo como Secretario de Desarrollo e Integración Social: la impresión de 15 millones de Bienevales con la leyenda “Autoriza Salvador Rizo”.
Dichos Bienevales fueron hechos desde junio de 2014 y distribuidos a inicios de 2015, durante el periodo de precampaña.
Los Bienevales supuestamente fueron remarcados, pero continuaba visible la leyenda. Es decir, la SEDIS y el hoy candidato del PRI sabían de la visibilidad de esta leyenda y aun así permitieron que se distribuyeran.
Por ello presentamos una queja el 11 de marzo ante el IEPC.
Hacemos un recuento de los hechos e inconsistencias:
1. El IEPC nos dio la razón y dictó medidas cautelares el 20 de marzo para que se suspendiera la distribución de estos Bienevales, sin embargo, la SEDIS señaló que ya estaban todos entregados, a través de la respuesta que dio al Instituto el 25 de marzo.
2. La SEDIS acepta abiertamente que se imprimó el nombre de Salvador Rizo, lo que de por sí es ya una ilegalidad porque en ninguna disposición legal o regla de operación se establece que deba venir el nombre de quien autoriza los Bienevales.
Tiene que quedar claro que ni es Salvador Rizo quien autoriza personalmente la emisión de Bienevales, sino que es la SEDIS institucionalmente quien lo autoriza, y por otra parte, la emisión de estos vales tampoco es un acto administrativo porque, de ser el caso, tendría que contener otra serie de requisitos, no solamente el nombre de quien supuestamente autoriza.
Tan es falso que deba venir el nombre de quien “autoriza” los Bienevales que en los que están circulando actualmente no viene impreso el nombre del actual encargado de despacho.
3. La SEDIS asegura que se remarcaron los 15 millones de Bienevales, pero no lo comprueban de ninguna manera. Es un simple dicho del cual nadie tiene certeza, es decir, no están comprobado fehacientemente que los Bienevales distribuidos a inicios de este año hayan estado remarcados, porque las planillas y números de serie que nosotros denunciamos no coinciden con los que la SEDIS reporta como remarcados.
4. Salvador Rizo asegura en su respuesta que en los Bienevales remarcados ya no es visible su nombre, y que sólo puede verse a contra luz. Sin embargo, también los Consejeros Electorales integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC lo vieron clara y nítidamente, y justo por eso dictaron las medidas cautelares para detener su distribución. Además, no solamente se ve a contra luz, sino en una simple fotografía.
5. Hay inconsistencias muy graves que muestran una posible falsificación de documentos. Los oficios que presentan como pruebas para demostrar la supuesta remarcación de los Bienevales son muy sospechosos:
- Hay un oficio de Salvador Rizo del 26 de diciembre, del mismo día en que pidió licencia, con turno de folio 262-A, donde solicita que se remarquen los Bienevales con su nombre ¿Por qué ese documento tiene un turno de folio “A”? Esto levanta sospechas sobre la veracidad de la solicitud.
- Hay otro oficio de la SEDIS con turno de folio 1-A de fecha 13 de enero de 2015 en donde el encargado de SEDIS autoriza los Bienevales ya remarcados, pero lo sospechoso es que no tiene sellos de recibido de las dependencias internas y a pesar de ser el oficio número 1 del año, hay otros oficios de fechas anteriores. Por ejemplo, el 7 de enero de 2015 (6 días antes), el mismo encargado giró un oficio con el consecutivo “25” el cual sí tiene sellos de recepción de las dependencias internas. ¿Cómo puede ser ese oficio el primero del año si ya se habían enviado otros oficios anteriormente?
- La lógica más simple deja ver que estos oficio “A” fueron fabricados para darle sentido a la versión de Salvador Rizo, por lo que podríamos estar ante documentos apócrifos.
6. Finalmente, hay una serie de hechos que muestran acciones premeditadas de Salvador Rizoen la comisión de esta ilegalidad. La orden de imprimir los Bienevales con su nombre visible fue dada en junio de 2014, pero hasta el 26 de diciembre de ese mismo año “se percató” del hecho y pidió que fueran remarcados, según consta en un documento que, como ya se mencionó, parece fabricado a posteriori. Lo grave es que desde junio de 2014 se hablaba en los medios de comunicación de las intenciones de Salvador Rizo de ser candidato a alcalde de Zapopan, por lo que insistimos en que se debe investigar a fondo la posible comisión de una ilegalidad a través del mal uso de este programa social.
Fuera de especulaciones, lo cierto es que la simple impresión de Bienevales con el nombre de Salvador Rizo, aceptada ya por la SEDIS, representa una violación a la ley gravísima:
- Es un atropello al principio constitucional de imparcialidad en la aplicación de los recursos públicos.
- Es la promoción personalizada de un servidor público a través de los programas de gobierno.
- Es la utilización de un programa social para promover a un candidato.
Estas situaciones configuran el uso y abuso de poder de Salvador Rizo para influir en la contienda electoral.
Por lo anterior:
1. Hemos presentado una serie de requerimientos ante el IEPC para que solicite información fundamental a la SEDIS, particularmente documentos certificados que prueben sus dichos, y el Instituto esté en condiciones de resolver el fondo del asunto.
2. De parte del candidato del PRI, exigimos una explicación puntual de los hechos y que aclare porqué permitió la distribución de los Bienevales, aún sabiendo que tenían su nombre. Salvador Rizo sabía de la ilegalidad en que estaba incurriendo y hoy tiene que dar una explicación puntual y asumir las consecuencias de sus decisiones.
3. Nos parece muy extraño que el IEPC durante los casi 30 días que transcurrieron desde que tuvo conocimiento de esta situación, no haya realizado ninguna acción para allegarse elementos, no haya investigado nada y haya asumido una actitud totalmente pasiva, a pesar de tratarse de un hecho tan delicado como la certidumbre de la contienda.
Por ello, solicitamos al IEPC que acelere el proceso de investigación y resuelva de fondo el asunto, sin estirar los tiempos legales.
La resolución del IEPC resulta trascendental para la certeza y certidumbre del proceso electoral, ya que no estamos ante un asunto menor, porque las sanciones a las que sería acreedor Salvador Rizo, de confirmarse estas irregularidades, tendrían que ser:
- Por la vía administrativa, la inhabilitación para ocupar un cargo público durante 6 años, por violentar el principio constitucional de imparcialidad, y
- Por la vía electoral, la cancelación de su candidatura, por beneficiarse con recursos públicos de programas sociales.
El IEPC debe pronunciarse de manera expedita y resolver de fondo los señalamientos.
29 de abril de 2015
Coordinación General de la Campaña de Pablo Lemus
Zapopan