Boletín Informativo
Aguascalientes, Ags.
30 de septiembre de 2014
Retiran casetas colocadas alrededor de la Fuente a Manuel M. Ponce
“La Plaza aún no ha sido formalmente entregada y ya se empezaron a adueñar de ella sin mostrar respeto alguno”: Eric Berthaúd Reyes
Inadecuado y fuera de toda normatividad la colocación de la infraestructura de casetas telefónicas que fueron ubicadas en el perímetro de la fuente a Manuel M. Ponce en la remodelada Plaza de Armas del Centro de la Ciudad de Aguascalientes, indicó el Regidor Eric Berthaúd Reyes, quien señaló que por ello se procedió a retirarlas puesto que el mismo Código Municipal y la SEDUM así lo avalaron.
“Se debió pedir permiso para colocarlas. Sabemos que se solicitaron permiso para instalar 6 u 8 casetas de un par de empresas, las cuales de hecho, ya están colocadas, aunque tampoco avisaron dónde las iban a colocar; sin embargo las otras, las que estaban alrededor de la fuente, esas sí que son totalmente irregulares”, señaló el Regidor Presidente de la Comisión Permanente de Planeación Urbana y Rural del Ayuntamiento de Aguascalientes.
Basados en el Código Municipal en sus artículos 1191, 1192, 1195, 1196 y 1197, la instalación de esas casetas presentaba diversas anomalías y por consecuencia la misma SEDUM estuvo facultada para retirarlas del sitio e imponer una sanción a la empresa dueña de dicho mobiliario.
“No hubo permiso solicitado, debieron indicar dónde las iban a colocar, además se tenía que pagar por la perforación del suelo, debieron cumplir con cierta distancia entre caseta y caseta, por si fuera poco el tema debió pasar por el Subcomité correspondiente que es el de Imagen Urbana y para finalizar no respetaron el entorno”, detalló Eric Berthaúd, quien agregó “además a decir verdad las obras en la Plaza de Armas no han sido formalmente entregadas y ya se empezaron a adueñar de ella sin mostrar respeto alguno”.
Para finalizar es necesario indicar que ante el señalamiento hecho por la sociedad ante el Regidor, la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal actuó de manera inmediata y la misma tarde de este martes 30 procedió a retirar las casetas.
ANEXO ARTÍCULOS DEL CÓDIGO URBANO QUE TOCAN EL TEMA:
ARTÍCULO 1191.- Tratándose de cualquier tipo de mobiliario urbano que se pretendan instalar o colocar en la vía pública y lugares públicos, el propietario o poseedor informará a la Secretaría la colocación y ubicación del mobiliario de no ser así serán sujetos de las sanciones establecidas en el Código Urbano del estado de Aguascalientes y de este Código, la Secretaría de Desarrollo urbano a través del Departamento de Imagen Urbana tendrá la facultad de ejecutar el retiro del mobiliario en los casos que sean violadas las disposiciones marcadas por este Código con cargo al propietario, en apego a lo establecido en la ley del procedimiento Administrativo del Estado.
ARTÍCULO 1192.- Todo tipo de mobiliario urbano que se pretendan instalar o colocar en la vía pública y lugares públicos, deberá de tener una distancia mínima de 100 metros de separación de centro a centro de mobiliario.
ARTICULO 1194.- El mobiliario urbano que se pretendan instalar o colocar en la vía pública o lugares públicos y protegidos por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, la Ley de Protección y Fomento del Patrimonio Cultural de Aguascalientes deberán obtener la aprobación de la Secretaría.
ARTÍCULO 1195.- Por perforación y/o colocación de mobiliario e infraestructura urbana en la vía pública vigencia de un año, por unidad, deberán de pagarse lo establecido en la ley de ingresos del municipio de Aguascalientes para el ejercicio fiscal que corresponda.
ARTÍCULO 1196.- Tratándose de cualquier tipo de mobiliario urbano que se pretendan instalar o colocar en la vía pública y lugares públicos, deberá contar con la aprobación del subcomité para el diseño, forma, contenido y estructura del mobiliario a utilizar o colocar.
ARTÍCULO 1197.- El propietario o poseedor de mobiliario urbano será el responsable del cuidado y mantenimiento del mobiliario urbano, así como de la imagen urbana, realizando instalaciones de calidad y ocultas que minimicen de esta forma el impacto ambiental y visual, respetando en todo momento las disposiciones de este Código. Y mantendrá, el mobiliario en operación, así como en perfecta limpieza y estado.