Ciudad de México, 6 de agosto de 2020
Derivado de un juicio electoral presentado por Movimiento Ciudadano, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Congreso local de Nuevo León que legisle inmediatamente en materia de paridad y violencia política de género, y a la autoridad administrativa estatal a emitir los lineamientos correspondientes que aplicarán en el próximo proceso electoral local, por encontrarse dentro de los 90 días previos al inicio del proceso electoral de Nuevo León.
El Congreso tenía que haber aprobado estas reformas antes del 6 de junio, pero al no hacerlo, su omisión violentaba los derechos políticos de las mujeres del estado que buscan competir en las próximas elecciones, y en Movimiento Ciudadano no íbamos a permitir que eso sucediera.
En Movimiento Ciudadano celebramos la decisión del Tribunal, pues es un paso fundamental y urgente para fortalecer nuestra democracia, para evitar un trato discriminatorio en contra de las mujeres y para garantizar que la contienda electoral sea justa y equitativa.
“No hay justicia social sin la plena participación e incorporación en los espacios públicos de las mujeres, en la toma de decisiones y en el diseño de políticas públicas para toda la sociedad”, afirmó Luis Donaldo Colosio, coordinador de la bancada ciudadana en el Congreso local de Nuevo León.
Con esta resolución, se construyó un criterio orientador en la forma en que deben actuar las autoridades electorales locales para implementar el principio de paridad y garantizar a las mujeres una vida libre de violencia política en el ámbito estatal.
Esta decisión del Tribunal marca un precedente nacional y en Movimiento Ciudadano vamos a seguir defendiendo los derechos de las mujeres de Nuevo León y del país.
El juicio electoral fue presentado el pasado 24 de junio por Movimiento Ciudadano al considerar que omitía el principio de seguridad jurídica al violentarse el derecho de acceder a la función pública en condiciones de igualdad, contenido en el artículo 23, numeral 1, inciso c) del Pacto de San José y en los artículos 1o y 35, fracción II constitucionales.