Prohibir la entrada de menores a corridas taurinas y pelea de gallos, una forma de erradicar la violencia: senadora Martha Tagle
- Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a un medio ambiente adecuado, por lo que las autoridades y los habitantes están obligados a protegerlo.
- Prohibir el ingreso de menores de edad a los espectáculos taurinos, pelea de gallos y en general cualquier espectáculo en el que se utilice animales de forma violenta”.
Martha Tagle, senadora ciudadana, subió a tribuna del Senado de la República a exponer la iniciativa que reforma al art. 46 y 47 de la ley General de Derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Indicó que esta reforma tiene por objetivo que toda niña, niño y adolescente se desenvuelva en un ambiente adecuado, por lo que las autoridades y los habitantes están obligados a protegerlo, partiendo de esta premisa, existen actualmente espectáculos violentos en los que se utilizan animales y que deben ser considerados como factores que alteran el ambiente en el cual se desarrollan.
“La propuesta es prohibir el ingreso de menores de edad a los espectáculos taurinos, pelea de gallos y en general cualquier espectáculo en el que se utilicen animales de forma violenta”.
Recordó que los tratados internacionales suscritos por nuestro país en materia de derechos humanos son norma suprema junto con la Constitución, muestra de ello es la Convención de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 que obliga a los Estados, la protección y el cuidado necesarios para lograr el bienestar, adoptando las medidas legislativas para alcanzar dicho fin.
Actualmente la Secretaría de Gobernación emitió los lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones radiodifundidas, servicio de televisión y audio restringidos. Por lo que tendríamos que preguntarnos ¿sí la exposición de los menores a espectáculos taurinos o peleas de gallos resultan nocivos para la psique de un menor, como lo sería con una película con alto contenido de violencia?
Hizo un llamado urgente a todos los niveles de Gobierno con el fin de generar reformas legales que prohíban la participación de menores en espectáculos taurinos, ya sea como protagonistas o cómo espectadores.
Por lo que se pretende adicionar un párrafo segundo al artículo 46 y se adiciona la fracción VIII al artículo 47, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 46. Niñas, niños y adolescentes…
Queda prohibida la entrada a menores de 18 años de edad a la celebración de corridas de toros, rejoneos, vaquilladas, tientas, novilladas y peleas de gallos.
Artículo 47. Las autoridades…
VIII. La incitación a presenciar o participar, ya sea activa o pasivamente, en corridas de toros, rejoneos, vaquilladas, tientas, novilladas y peleas de gallos. Así como trabajos relacionados con dichas actividades.
Exhorta a las legislaturas estatales y Asamblea Legislativa de la Ciudad de México realizar las modificaciones pertinentes a su legislación, en un plazo de 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
Debemos garantizar el derecho que tienen los menores de edad a estar alejados de cualquier forma de violencia y puedan desarrollarse en un ambiente sano, concluyó la senadora.