Ciudad de México, 1 de diciembre (SinEmbargo).– Expertos en transparencia coincidieron que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada por el Senado de la República el pasado 18 de noviembre, representa un retroceso en la materia y, a la ya cuestionada Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP).
Especialistas aseguraron que los huecos que no se resolvieron con esta Ley, convierten a la transparencia y el acceso a la información en una simulación que podría culminar en acciones de impunidad, corrupción y de mermar herramientas a la sociedad para ser el contrapeso del Gobierno.
“Hay un retroceso y hay puntos contradictorios en lo que establece la Ley general en la sintonía que se tenía previsto. Cuando se aprobó la General tuvo logros porque hubo participación de la sociedad civil, pero actualmente el proceso ha sido cerrado, opaco y sin posibilidad de participar y como resultado, tratan de contrarrestar avances mediante una nueva reforma”, comentó Ernesto Gómez Magaña, integrante del Colectivo por la Transparencia.
De acuerdo con el Colectivo por la Transparencia, el dictamen suprime avances para el ejercicio del derecho de acceso a la información. Es incongruente respecto a la Ley General de Transparencia y va en contra de las garantías constitucionales de audiencia, seguridad jurídica y del principio pro persona, con lo que “se abre una ventana inaceptable a la arbitrariedad y a la judicialización del derecho”.
“No se detalla el procedimiento que seguirá el recurso de revisión del Consejero Jurídico en materia de seguridad nacional. La falta de certeza sobre el procedimiento, la definición de seguridad nacional, la procedencia, la participación del INAI [Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales] y del solicitante como terceros interesados, los efectos de la resolución y los tiempos para resolver, entre otros, es suficiente para generar incertidumbre e inseguridad en los solicitantes de la información e incentivos limitados para ejercer el derecho de acceso a la información. La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es el instrumento legal donde el recurso extraordinario de la Consejería Jurídica de Presidencia debe ser claramente acotado en función de su ámbito de competencias restringido a las autoridades públicas del nivel federal”, refiere el Colectivo.
Además, al INAI no se le otorga la facultad de ordenar la desclasificación de información relacionada con violaciones graves a derechos humanos cuando a primera vista (prima facie) y sin prejuzgar determine que la información está relacionada con estos sucesos. ”Esta falta de previsión supone una ceguera institucional frente a las recomendaciones que tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones de Unidas han hecho al Estado mexicano”, aseveró el Colectivo por la Transparencia.
El catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Ernesto Villanueva Villanueva, comentó que en la Ley Federal falta es definir la personalidad jurídica del INAI; sigue sin decir que es “seguridad nacional”, la cual tiene más de siete definiciones; garantizar la accesibilidad inmediata, desde que alguien solicita información hasta el momento en que la recibe.
“Cuando no hay un derecho efectivo de acceso genera un problema, un probable delito, donde sucede nada porque aparentemente no se comete [con una Ley así]. Entonces vemos que la transparencia también se convierte en un cinismo, un ejercicio de simulación, de impunidad y que también es contradictorio a la lógica que la transparencia, que podría ser una herramienta para que la sociedad tenga un contrapeso frente al Gobierno, y evitar esos incidentes como parte de la corrupción, de la ausencia de un Estado”, opinó Villanueva.
El Diputado Rogerio Castro Vázquez, presidente de la Comisión de Transparencia en San Lázaro, comentó que hay transitorios en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública que deben discutirse y el debate no debe ser con tiempo.
“El segundo transitorio habla que esta Ley o parte de ella no entraría en vigor hasta que se hagan la Ley de Archivos y la Ley de Datos Personales. Eso nos preocupa porque contaríamos con una Ley parchada, porque no todos los artículos tendría validez. Eso, consideramos, no sería adecuado”, detalló Castro, quien agregó que debe haber consenso entre las comisiones para discutir este tema.
El Centro de Investigación para el Desarrollo AC (CIDAC) expone en un análisis que materia de transparencia y acesso a la información, la mayoría de los esfuerzos se han enfocado en construir un marco legal e institucional amplio y robusto que abarque a la mayoría de sujetos públicos. Sin embargo, es necesario resaltar, una vez más, que la redacción y aprobación de las leyes no garantiza la efectiva implementación de lo que se pretende.
“El aumento significativo de las obligaciones, a la par de la escasez de capacidades técnicas, tecnológicas y de recursos humanos para atenderlas, pone en serias dudas que la información que los entes públicos ofrecerán proximamente sea útil, objetiva y de calidad para el ciudadano. En este sentido, el riesgo no es sólo que los estandares de transparencia se tornen inoperables sino que también se desvirtue el propósito de la política de transparencia y acceso a la información, y que el ejercicio de estos derechos se traduzcan en la publicación de mucha información de poca utilidad tanto para el ciudadano como para la democracia”, refiere CIDAC.