Podrán transferir semanas de incapacidad al periodo posparto

Autor: 
Martha Elba Figueroa

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 376 votos a favor, un dictamen para homologar la Ley del Seguro Social con la Ley Federal del Trabajo, a fin de que trabajadoras embarazadas puedan trasferir semanas de incapacidad al periodo de posparto.

Asimismo, para que el pago del subsidio al que tienen derecho durante el embarazo y el puerperio (tiempo posterior al parto), se ajuste a esa decisión.

El documento refiere que el periodo de descanso seguirá siendo el mismo, 84 días o 12 semanas, y lo único que variará será el tiempo de descanso en relación con la fecha del parto, disminuyendo el de preparto y aumentando el de postparto.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Javier Salinas Narváez destacó que la reforma es en favor de las madres trabajadoras, para que puedan contar con un periodo de tiempo acorde a sus necesidades posteriores al parto. 

Con esta modificación a la Ley del Seguro Social, dijo el legislador perredista, se les permite a las madres trabajadoras estar más tiempo con sus hijos y fortalecer los vínculos afectivos, la lactancia materna y el cuidado posnatal. 

Al fijar el posicionamiento de su grupo parlamentario, la diputada Socorro de la Luz Quintana León, del PRI, mencionó que si bien la legislación laboral contempla la existencia de licencias de maternidad, ésta carece de flexibilidad y no toma en cuenta que, en ocasiones, las fechas programadas para los partos no se cumplen cabalmente, lo que incide de manera negativa en los subsidios que deben pagarse por embarazo y puerperio.

Por su parte, la diputada panista Esther Quintana Salinas consideró que aunque es un importante avance estimar el periodo de descanso por maternidad en 12 semanas, no llegamos al mínimo señalado por la Organización Internacional del Trabajo, que prescribe 14 semanas. 

Incluso, agregó, estamos lejos de países como Noruega, donde el periodo de descanso por maternidad es de 47 semanas con el 100 por ciento del sueldo, pudiendo alargarlo hasta las 57 semanas con el 80 por ciento del subsidio. Comparativamente, también estamos por debajo de naciones como Chile, donde se otorgan 156 días, en Argentina 90 y en Colombia 98.

Luisa María Alcalde Luján y Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano, coincidieron en que la falta de coherencia entre la Ley del Seguro Social y la Federal del Trabajo, que rigen el mismo supuesto, ha ocasionado que cuando las madres trabajadoras quieren ejercer su derecho de transferir semanas de descanso al periodo posparto, no gozan de los subsidios económicos al que legalmente tienen derecho.

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