¿Es México más trasparente? en papel, no en hechos: analistas

Autor: 
Sandra Rodríguez Nieto

El pasado 4 de mayo pasado, el Presidente Enrique Peña Nieto promulgó la nueva Ley General de Transparencia, y lo celebró por todo lo alto como uno de los grandes logros en los primeros tres años de su administración.

“Se trata de un avance institucional y muy significativo, toda vez que la transparencia y la rendición de cuentas son indispensables para generar confianza y seguir perfeccionando nuestra democracia. Los mexicanos tienen derecho a conocer cómo y en qué se invierten los recursos públicos, tienen derecho a saber qué hacen sus autoridades y cuáles son sus resultados”, dijo entonces el Jefe del Ejecutivo federal, quien ha estado envuelto en escándalos ligados a conflicto de interés, lo mismo que su esposa y algunos de sus colaboradores más cercanos.

Sin embargo, especialistas en rendición de cuentas y combate a la corrupción consideran que aunque esa Ley es un avance, su aplicación en los hechos es un fracaso. El Gobierno federal, dicen, esconde información vital para combatir el desvío de recursos públicos, el fraude, el cohecho y el conflicto de interés, entre otros, que se han convertido en uno de los problemas más serios en la actual administración.

El gobierno, afirman, aplica una política de “dos caras”: por un lado, en el discurso, se dice dispuesto a fomentar la transparencia y atacar la corrupción; por el otro lado, se blinda contra investigaciones y no cede ni un ápice para mantener la opacidad de las cuentas y acciones sospechosas, desde las del Presidente y secretarios de Estado, hasta las de funcionarios de menor rango.

Ciudad de México, 18 de septiembre (SinEmbargo).– Al fungir como “testigo de honor” en la instalación del Consejo del Sistema Nacional de Transparencia –que tiene la obligación de ampliar las obligaciones de todas la entidades que reciban recursos públicos–, el Presidente Enrique Peña Nieto dijo que dejaría de lado el discurso oficial para elaborar en palabras “francas y abiertas” una reflexión sobre el compromiso de su administración con la apertura de información gubernamental. “Realmente –dijo–, de forma inédita, estamos haciendo un esfuerzo mayor, el Estado mexicano y la sociedad, por realmente establecer este nuevo modelo de apertura y de combate eficaz a la corrupción”.

Fue el 23 de junio pasado, en un salón de eventos del edificio World Trade Center, en el sur de esta ciudad, donde el Ejecutivo también aseguró que la apertura de la administración pública federal “es en serio, es a fondo y es integral”. Incluso, dijo para uso de los encabezados periodísticos, en México lo que se está haciendo en materia de combate a la corrupción “es domar auténticamente la condición humana”.

Un día después, sin embargo, los comisionados del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) discutían la negativa de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para transparentar el expediente iniciado en la Procuraduría General de Justicia Militar por la matanza de 22 personas en el municipio mexiquense de Tlatlaya, crímenes que la Sedena reportó en un boletín como producto de un enfrentamiento y que, revelaron investigaciones periodísticas, existen indicios de que fueron asesinatos extrajudiciales.

De acuerdo con el artículo 14 de la actual Ley Federal de Transparencia, las violaciones graves a los derechos humanos son motivo de excepción de reserva aun cuando se trate de averiguaciones previas. Aun así, la resolución del pleno del Inai, si bien redujo de 12 a dos años el periodo en el que esta información debería ser considerada “reservada”, confirmó la negativa militar para abrir la investigación castrense y, de acuerdo con la exposición del comisionado Francisco Javier Acuña, también justificó el argumento del Gobierno federal: la causa penal en poder del Ejército indaga la “desobediencia e infracción de deberes militares, cuyo bien jurídico tutelado es la disciplina militar y no y no nunca el estimar que haya violaciones a Derechos Humanos”.

Dos semanas después, el 8 de julio, el Inai tomó otra decisión polémica al respaldar a la Comisión Nacional del Agua en su decisión de clasificar como información reservada las bitácoras de su flota aérea, solicitada a partir de que se evidenciara que su ex titular, David Korenfeld Federman, utilizó un helicóptero oficial con fines personales el 29 de marzo pasado.

Este caso de uso de bienes públicos con fines personales –argumentó una urgencia médica–, fue captado por un vecino del ex funcionario mexiquense y difundido en redes sociales, motivando la salida de Korenfeld de la administración pública. Ante el INAI, además, el hecho generó al menos 28 solicitudes de información dirigidas tanto a la Conagua como a la Secretarías de Hacienda y Crédito Público, Función Pública y Comunicaciones y Transportes. Los solicitantes, se observa en el Buscador de Solicitudes de Información, pidieron desde las bitácoras del 29 de marzo de toda la flota aérea de la dependencia, el contenido íntegro de la audiencia que, según un comunicado oficial, Korenfeld tuvo en la Secretaría de la Función Pública (SFP) por motivo del inicio del procedimiento administrativo que se le inició y, también, copias o evidencias del supuesto pago que el ex funcionario hizo para cubrir el costo por el uso de la nave y que él mismo anunció en su cuenta de la red social Twitter.

Pero el Gobierno federal negó la información de las 28 solicitudes. De acuerdo con una revisión a las respuestas, en 15 casos, la administración pública federal declaró la información como “reservada”, en otros seis la declaró “inexistente” y, en otros siete dijo estar “entregando la información” cuando, en realidad, entregó oficios reportando no tener los datos solicitados.

“Las dependencias y entidades no están obligadas a generar documentos ad hoc para responder una solicitud de acceso a la información”, respondió la SFP a un particular que solicitó “copia del documento donde conste el pago de la multa de 638 mil 653 pesos” impuesta al ex titular de la Conagua.

“La Tesorería de la Federación no dispone de la información que se requiere en la solicitud de mérito porque no es de su competencia conforme al marco jurídico que regula su actuación. Dicha información pudiera encontrase en declaraciones fiscales remitidas al Servicio de Administración Tributaria (SAT)”, respondió por su parte la SHCP cuando, también, se le solicitaron “copias electrónicas de los pagos hechos por David Korenfeld”.

“La información solicitada se encuentra clasificada como reservada, en virtud de no satisfacer los supuestos de excepción previstos en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, referente al secreto fiscal”, respondió a su vez el SAT cuando se le requirió, también, copia del recibo generado por el presunto pago de Korenfeld Federman.

También la Conagua respondió con una “negativa por ser reservada o confidencial” cuando un solicitante preguntó “¿cuántas aeronaves tiene Conagua para su uso, de qué tipo son y la matrícula de cada una de ellas?” y también “copia de la bitácora del 29 de marzo de todas las aeronaves de la dependencia”, entre otros cuestionamientos, todos negados.

“Hay dos caras”, comenta a SinEmbargo Ana Cristina Ruelas, oficial del Programa de Derecho a la Información de Artículo 19. “Está por un lado la Ley General de Transparencia –publicada el 4 de mayo– que es una Ley con muchos atributos, de vanguardia, o la mejor del mundo se podría decir; pero, por otro lado, vemos que esta política no baja, y creo que esto quedó claro en las resoluciones del Inai en los casos de Tlatlaya o en el caso de Korenfeld”, agrega.

Usuaria frecuente del sistema de solicitudes de información pública, Ruelas comenta haber observado una tendencia hacia la reserva en las respuestas de las instancias de seguridad y, en ese contexto, menciona como ejemplo el amparo que tuvo que interponer luego de que la Procuraduría General de la República (PGR) se negó a proporcionarle la estadística de averiguaciones previas iniciadas por delitos con violaciones graves a los derechos humanos, como las inhumaciones de cientos de personas en diferentes fosas clandestinas encontradas en la república desde 1960.

“La PGR dice que no puede entregar estadísticas porque están ligadas a averiguaciones previas, y éstas son reservadas, y el Inai retoma este argumento”, dice Ruelas, que explica que desde 2009 existe un criterio que establece que ninguna estadística puede ser clasificada como información reservada.

“Y esto es grave, porque la Ley por la que se debe regir es la de transparencia, elaborar un análisis del caso, presentar un prueba de daño, que motive por qué la información que están negando puede generar un riesgo real, identificable e inminente, y porque ese riesgo es mayor que el beneficio para la sociedad de conocer la información”, agrega.

Otra solicitud de información que le fue negada fue la relacionada a la salud del Presidente Enrique Peña Nieto, clasificada por la Presidencia de la República como información confidencial. Luego de interponer también un amparo contra esta respuesta, Ruelas narró la experiencia en un artículo publicado el pasado 31 de agosto enHorizontal.mx con el título “¿Es la salud de Enrique Peña Nieto un tema de interés público?”, en el que plantea que el cargo público que ostenta el mandatario debería de ser un motivo de excepción a la privacidad que protege datos como un expediente clínico.

“En Venezuela el Presidente Hugo Chávez murió tras las elecciones antes de tomar protesta, sin que la ciudadanía tuviera conocimiento del avance de su enfermedad; en Colombia, el Presidente Juan Manuel Santos presentó un cuadro de cáncer y posteriormente divulgó parte de su expediente médico con la intención de generar certidumbre sobre su capacidad de gobernar; en Argentina, Cristina Fernández de Kirchner fue intervenida por un hematoma subdural y el tratamiento de la información fue cuestionado por la sociedad; y en Chile, Pablo Longueira, candidato oficialista a la presidencia, renunció a su candidatura por una depresión”, escribió.

Para sostener sus negativa, agrega el relato de Ruelas, la Presidencia de la República recurrió a diferentes medidas, como la elaboración de un escrito de más de cien hojas “firmadas por la Consejería Jurídica que describían en un centenar de sinónimos lo que es absolutamente privado”.

El mensaje quedó claro, agregó Ruelas en su artículo: La figura del Presidente es incuestionable (…) Sí, todos tenemos derecho a que nuestros datos estén protegidos, pero la salud del Presidente es asunto de todos”.

MOTIVOS DE PREOCUPACIÓN

Como Ruelas, Susana L. García, consultora en materia de transparencia y rendición de cuentas del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), considera que en este ámbito hay una desconexión entre los avances que se inscriben en papel, como la nueva Ley General de Transparencia, y las decisiones cada vez más frecuentes de reservar y ocultar de información, sobre todo en materia de seguridad.

La nueva Ley General de Transparencia amplía la cantidad de sujetos obligados a todas aquellas entidades que reciban recursos públicos o realicen actos de autoridad, como integrantes del Poder Legislativo, sindicatos, partidos políticos e incluso personas físicas o morales.

Otro cambio es la adición de un párrafo que impide invocar causal de reserva en la información cuando se trate de datos relacionados “con actos de corrupción”, además de sostener la ya existente excepción de clasificación para violaciones graves a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad.

“Con la Ley se avanza; es un gran logro, pero todos sabemos que durante la administración de Vicente Fox y de Felipe Calderón teníamos mas información en relación con la seguridad pública; creo que en muchos sentidos hemos retrocedido, porque la Ley avanza, pero no a la hora de implementarla”, dice García, también integrante de la presidencia pasada.

Como a varios observadores del tema de la transparencia en México, para García fue motivo de preocupación sobre todo el respaldo que el Inai dio al argumento con el que la Sedena reservó su expediente sobre los asesinatos de civiles en Tlatlaya. Esto, dice, porque desde 2014 la autonomía del Inai fue elevada a rango Constitucional e incluida en el Artículo 6 de la Carta Magna. Avalar entonces el argumento de la Sedena, dice García, “es un retroceso” sin fundamento.

“La decisión está definitivamente mal. Todos los asuntos relacionados con violaciones graves a los derechos humanos son una excepción a la reserva de información, se vuelven públicos”, insistió.

“Es un problema de adecuación entre la teoría y la practica. En la teoría estamos bien, como con el resto de las reformas, que hablan de avances, pero a la hora de ver los resultados y la aplicación en la realidad nos encontramos con que hay una incoherencia”, agregó.

La decisión le costó diversas críticas al Inai. En un artículo de opinión titulado “Marcha atrás en transparencia”, la dos veces comisionada y ex presidenta de esta institución, Jaqueline Peschard, advirtió la misma divergencia entre el discurso de “combate frontal a la corrupción” y la evidencia que se observó, con diferencia de horas, de que la administración pública federal no está dispuesta a transparentar ni aun la información a la que la obliga el marco legal vigente.

“Si la transparencia avanzara a golpe de ceremonias oficiales y discursos presidenciales, iríamos por buen camino, pero suele haber una distancia entre los dichos y la práctica institucional, y algo así ocurrió la semana pasada en materia de transparencia”, escribió Peschard en un artículo del 29 de junio. “Mientras que el Instituto Nacional de Transparencia y el Gobierno federal festejaban la instalación del Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, el pleno del INAI daba marcha atrás en la apertura de información sobre el caso Tlatlaya, que ya fue reclasificado por la CNDH por violación grave de derechos humanos”, agregó el artículo publicado en El Universal.

La posterior decisión del Inai sobre el caso de Korenfeld –finalmente modificada el pasado 3 de setiembre, cuando resolvió obligar a Conagua a abrir sus bitácoras– motivó un posicionamiento firmado por diferentes organizaciones en defensa de la transparencia y difundido el pasado 14 de julio.

“Vale la pena recordarle al Inai que los principios y bases de la Ley General de Transparencia son aplicables –de acuerdo al Primer Artículo Transitorio– desde su entrada en vigor. Así, la nueva Ley considera como principio rector que ninguna información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, delitos de lesa humanidad o actos de corrupción puede estar sujeta a reserva”, dijeron en el comunicado 17 organizaciones como Fundar, Artículo 19, Instituto Mexicano para la Competitividad y varias más.

“La Ley General de Transparencia no logrará sus objetivos sin la autonomía del pleno. Los firmantes externamos nuestra legítima preocupación por la prevalencia de la plena autonomía e independencia de decisiones del Inai, para efectos de alcanzar los objetivos planteados en la Constitución, en la fortalecida Ley General de Transparencia y para la efectividad del Sistema Nacional de Transparencia”, agregó el texto.

Otro motivo de preocupación, explica Ruelas, es la posición que el Gobierno federal ha adoptado en la discusión de la legislación secundaria a la Ley General de Transparencia, sobre lo cual recordó la posición expresada por el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, quien, de acuerdo con el periódico Reforma, pidió en agosto pasado a los legisladores de oposición “cumplir su palabra” de no incluir “temas cuestionados” en la que será la nueva Ley Federal de Transparencia.

“Como ejemplo, se refirió al debate sobre qué instancia determinará la gravedad de una violación a derechos humanos y, en consecuencia, el acceso a esa información”, reportóReforma.

MILLONES DE EXPEDIENTES RESERVADOS

El Presidente presentó en mayo pasado la nueva Ley Federal de Transparencia, pero de acuerdo con especialistas poco se ha hecho por respetar su contenido así como en materia de implementación. Foto: Cuartoscuro

Desde abril pasado, SinEmbargo reportó que durante la presente administración federal se registró un crecimiento de más del 50 por ciento en el número de expedientes “clasificados” con respecto al gobierno de Felipe Calderón Hinojosa.

Estos expedientes aparecen en un índice que, de acuerdo con la Ley Federal de Transparencia, debe ser alimentado periódicamente por las dependencias federales. Este índice, agrega el Artículo 17 de la citada Ley, debe contener la Unidad administrativa que genera la información, la fecha de clasificación, fundamento y el plazo de reserva, además de que deberá ser un indicador público.

El Índice de Expedientes Reservados está a la fecha disponible en el sitio http://indices.ifai.org.mx/wb2/IFAI/Expedientes_Registrados, pero sin los elementos ordenados por la Ley Federal y, también, por la nueva Ley General de Transparencia, vigente desde el siguiente día de su publicación en el Diario Oficial.

“Cada área del sujeto obligado elaborará un índice de los Expedientes Clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema. El índice deberá elaborarse semestralmente y publicarse en Formatos Abiertos al día siguiente de su elaboración. Dicho índice deberá indicar el área que generó la información, el nombre del documento, si se trata de una reserva completa o parcial, la fecha en que inicia y finaliza la reserva, su justificación, el plazo de reserva y, en su caso, las partes del Documento que se reservan y si se encuentra en prórroga”, dice el Artículo 102 de la nueva Ley General.

El índice disponible actualmente, sin embargo, sólo muestra cantidades de “expedientes registrados”, “clasificados” y “desclasificados”; las tres desglosadas por cada una de las 261 dependencias obligadas de la administración pública federal.

Aun cuando los datos actuales no muestran datos a los que obliga la Ley de Transparencia, un seguimiento de SinEmbargo a este indicador mostró en abril pasado que el número de ocho millones de expedientes que había hasta diciembre de 2012, para ese 6 de abril de 2015 era ya de 12 millones 120 mil 71 expedientes.

“¿Cuál es el protocolo de búsqueda de Personas Desaparecidas o No Localizadas en México ahora que 43 normalistas no se encuentran? ¿Qué diagnóstico recibió el Presidente Enrique Peña Nieto sobre la Guerra en contra del Crimen Organizado en 2012 de manos de su antecesor, Felipe Calderón Hinojosa? ¿Qué funcionarios del Estado Mayor Presidencial permitieron que el Zócalo se convirtiera en estacionamiento en septiembre de 2014, durante el Segundo Informe de Gobierno? ¿Está enfermo el Presidente Peña Nieto?”, reportó este medio.

“Dudas que forman una montaña tanto de papel como de archivos digitales en la oficina del (antes) Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI) que jamás en su historia de 13 años había tenido en su entraña un cúmulo tan grande de negativas para brindar información”, agregó el artículo.

Hasta este jueves 17 de Septiembre, el Índice muestra que la administración pública y el Inai han decidido mantener clasificados 12 millones 326 mil 10 expedientes, una gran parte de éstos (1.4 millones), del Instituto Mexicano del Seguro Social que considera información “confidencial” los asuntos médicos. La principal emisora de negativas, sin embargo, es la Procuraduría General de la República, con un millón 702 mil 33 casos de información considerada como reservada sin causa especificada.

En total, los datos indican que, en cinco meses, la administración pública federal ha clasificado al menos 205 mil 939 expedientes más; o un promedio de 41 mil 187 al mes; mil 372 al día y 57 por hora. Casi un expediente clasificado en la administración pública federal al minuto.

SinEmbargo solicitó esta semana al Inai información con respecto a este Índice de Expedientes Reservados y sus cifras, pero las peticiones enviadas a la encargada de Comunicación Social, Olga Carranco, no fueron respondidas.

“Hay un largo camino por recorrer para que las letras de la Ley se traduzcan en una  correcta implementación que dé lugar a una cultura de la transparencia en el sector público”, dice Ana Cristina Ruelas.

“Nosotros hemos señalado que el Gobierno abierto es una forma de gobernar en la que la transparencia y la rendición de cuentas son valores institucionales y existen condiciones para que los ciudadanos participen. En este sentido, se requiere mucho más que una buena ley y que un Sistema Nacional para hablar de transparencia y apertura”, agrega.

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